Custodia, visitas, pensiones, vivienda y bienes
Convenio regulador amistoso
Un convenio regulador amistoso permite ordenar todo lo esencial tras la ruptura (custodia, visitas, pensiones, vivienda y bienes) sin entrar en un proceso contencioso. En mediación transformamos el conflicto en un documento práctico y aplicable, con cláusulas claras y realistas que pueden formalizarse por la vía adecuada. Trabajamos online por videoconferencia o presencial con cita en Madrid, Valencia y Alicante.
¿Qué es un convenio regulador amistoso?
En mediación familiar, antes de escribir una sola línea, conviene entender el objetivo: bajar a tierra los acuerdos de la separación o el divorcio para que el día a día sea previsible y pacífico, especialmente para los menores. El convenio regulador recoge quién decide qué, cómo se organizan los tiempos, qué se paga y cómo se resuelven incidencias, en un texto que luego puede firmarse y formalizarse.
Un convenio regulador amistoso es el documento donde la pareja pacta, de mutuo acuerdo, las medidas personales y económicas tras la ruptura. La mediación facilita ese consenso y garantiza que las cláusulas sean comprensibles, medibles y aplicables.
Consulta también: plan de parentalidad, mediación en divorcio
Materias que debe incluir (checklist)
Este listado te ayuda a no dejar cabos sueltos. No todo aplica a todos los casos, pero cuanto más concreto, menos conflicto futuro.
Custodia y régimen de visitas
Empezamos por la convivencia con los hijos, porque condiciona el resto (colegio, horarios, logística). El calendario debe ser viable con vuestros trabajos y rutinas.
Custodia compartida o exclusiva con visitas.
Calendarios: semanas alternas, 2-2-3 / 2-2-5-5, o visitas reforzadas.
Entregas/recogidas: horas, puntos y quién traslada.
Vacaciones y festivos: partes iguales y alternancia anual.
Pensiones de alimentos y gastos
El dinero genera tensiones si no se define bien. Dejamos claro qué entra, cómo se paga y cuándo se revisa.
Importe, periodicidad y IBAN.
Gastos ordinarios (qué incluye) y extraordinarios (aprobación previa salvo urgencia).
Revisión por cambio sustancial (ingresos/necesidades).
Vivienda familiar
La vivienda es clave por su impacto emocional y económico. Debe regularse con plazos, uso y gastos.
Uso y disfrute (temporal/alterno) y gastos asociados.
Reglas de visitas, mudanzas y cambios de domicilio.
Si se vende: plazos, precio de referencia y reparto.
Reparto de bienes y deudas
Para evitar conflictos futuros, inventariamos y definimos un plan de ejecución.
Inventario (cuentas, vivienda, vehículos, inversiones, deudas).
Criterios de reparto y hitos (fechas, firmas, pagos).
Si procede, liquidación del régimen económico (p. ej., gananciales).
Plan de parentalidad y comunicación
El plan de parentalidad detalla el día a día más allá del calendario: decisiones, información y comunicación.
Decisiones en salud y educación (consenso/urgencia).
Canal oficial (email/app) y plazos de respuesta.
Comunicación del menor (llamadas/videollamadas).
Gastos extraordinarios
Para gastos no previsibles, fijamos un procedimiento simple.
Qué se considera extraordinario.
Aprobación por escrito con presupuesto.
Plazo y forma de reembolso; envío de justificantes.
Movilidad geográfica y viajes
Con viajes o mudanzas, los avisos son esenciales para organizarse.
Aviso de viajes (días, itinerario, contacto).
Traslados de domicilio: plazo mínimo de aviso y revisión del calendario.
Autorizaciones para viajar al extranjero.
Mascotas y convivencia
Cada vez más familias lo incluyen: evita conflictos y protege al menor.
Régimen de convivencia con la mascota.
Gastos veterinarios y responsabilidades.
Viajes y traslados.
Protocolos de incidencias y revisiones
Un buen convenio prevé qué hacer si algo falla y cuándo revisar.
Avisos y plazos de subsanación.
Mediación express si hay bloqueo.
Revisión del convenio (cambio de curso, mudanza, nuevas necesidades).
Cómo se redacta en mediación (paso a paso)
Trabajamos con un método claro y ágil: cada sesión tiene objetivos concretos y salís con avances medibles.
Sesión informativa (20–30 min)
Confirmamos que la mediación es adecuada, explicamos confidencialidad y definimos temas y prioridades.Sesiones conjuntas (60–90 min)
Identificamos intereses (no solo posiciones), ordenamos asuntos y generamos opciones realistas.Caucus (reuniones privadas)
Si hay bloqueo, trabajamos por separado y volvemos con propuestas.Borrador de convenio
Redactamos cláusulas claras y verificables: calendarios, importes, plazos, responsabilidades.Firma y formalización
Firma privada y, cuando convenga, elevación a público o homologación judicial. Indicamos la vía más segura.
Ventajas frente al contencioso
Más que “evitar un juicio”, se trata de ganar control, tiempo y cumplimiento real. Un acuerdo propio se respeta más.
Rapidez: semanas/meses vs. años.
Coste menor que un contencioso.
Control: diseñáis vuestro plan.
Bienestar del menor: baja la tensión y mejora la cooperación.
Aplicabilidad: cláusulas concretas y medibles.
Ejemplos de cláusulas claras (modelos orientativos)
Estas fórmulas son ejemplos; en mediación las ajustamos a vuestro caso para que sean viables y cumplibles.
Calendario 2-2-5-5: “Durante el curso, L-M con el Progenitor A y X-J con el Progenitor B; fines de semana alternos desde viernes 19:00. Cambios en el colegio a las 08:30.”
Video-llamadas: “El menor podrá hablar con el progenitor no conviviente tres veces por semana, máximo 10 min, evitando deberes y descanso.”
Gastos extraordinarios: “Requerirán aprobación previa por escrito salvo urgencia médica. El reembolso se realizará en 10 días.”
Vivienda: “Uso de la vivienda familiar por el Progenitor A y los menores durante 12 meses; gastos ordinarios a su cargo, comunidad e IBI por mitad.”
Revisión: “El convenio se revisará a los 9 meses o ante cambio sustancial de circunstancias.”
Incumplimientos: “Ante retrasos reiterados, se aplicará compensación horaria y se convocará mediación en 7 días.”
Errores frecuentes y cómo evitarlos
Aprender de lo que suele fallar ahorra disgustos. Aquí lo prevenimos de inicio.
Ambigüedades (“según disponibilidad”): sustituir por horas/fechas.
Olvidar vacaciones/festivos: dejar calendario anual.
No definir extraordinarios: fijar lista y procedimiento.
Silencio como aceptación: el silencio no obliga; pedir respuesta explícita.
Sin protocolo: incluir avisos, plazos y mediación express.
Duración y costes: qué esperar
Cada familia es distinta, pero la pauta suele ser pocas sesiones, bien enfocadas, y un texto final listo para formalizar.
Sesiones de 60–90 min.
Muchos convenios se cierran en 2–5 sesiones (algo más si hay patrimonio complejo).
Modelos de precio: por sesión, packs con redacción del convenio o presupuesto cerrado si el alcance está definido.
Transparencia desde el inicio. Si no hay acuerdo, explicamos alternativas y qué trabajo puede aprovecharse.
👉 Consulta opciones en Precios de mediación.
Modalidad: online o presencial
La validez no cambia por la modalidad; elige online para máxima agilidad o presencial si preferís verlo en despacho.
Atendemos 100% online (videoconferencia segura; no se graban las sesiones) o presencial con cita en Madrid, Valencia y Alicante. Intercambio de documentos por vía segura y firma digital disponible.
👉 ¿Prefieres distancia? Visita Mediación online.
Preguntas frecuentes sobre el convenio regulador (FAQ)
Si es tu primer convenio, estas respuestas te orientan sobre el alcance, la validez y la práctica del día a día.
¿El convenio amistoso tiene validez?
Sí. Puede firmarse privadamente y, cuando proceda, elevarse a público o homologarse para dotarlo de fuerza ejecutiva.
¿Se puede acordar custodia compartida sin 50/50 exacto?
Sí. La custodia compartida admite múltiples calendarios; lo importante es la viabilidad y el interés del menor.
¿Y si ya hay procedimiento judicial abierto?
La mediación puede coexistir y derivar en un acuerdo que, si corresponde, se incorpora o homologa.
¿Qué pasa si alguien incumple?
El convenio incluye plazos de subsanación y mediación express. Si persiste, valoramos la vía formal más adecuada.
¿Participan los hijos en el proceso?
La mediación se centra en los progenitores; la escucha del menor puede valorarse con profesionales según edad y madurez.
¿Se puede cambiar más adelante?
Sí. Preveremos revisiones y el mecanismo para modificar por cambio sustancial de circunstancias.