Convivencia y acuerdos vecinales sin juicio

Mediación comunitaria

La mediación comunitaria ayuda a resolver conflictos en comunidades de vecinos, barrios y asociaciones de forma imparcial, neutral y confidencial. Transformamos el desacuerdo en acuerdos prácticos y aplicables: reglas de convivencia, calendarios de uso, planes de pago y protocolos claros para evitar recaídas. Trabajamos online por videoconferencia o presencial con cita en Madrid, Valencia y Alicante.

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Índice

¿Qué es la mediación comunitaria?

Es un proceso voluntario, neutral y confidencial donde un mediador imparcial facilita el diálogo entre vecinos, comunidad de propietarios, comercios, asociaciones, ayuntamiento u otros actores del entorno.
Conviene cuando buscáis soluciones rápidas y sostenibles sin escalar a un pleito: menos tiempo y coste, más control sobre el resultado y mejor convivencia a medio plazo.

No procede si hay riesgo para personas, medidas de protección, violencia o asimetrías graves de poder que impidan negociar con seguridad. En esos casos, te orientamos sobre vías alternativas y medidas de protección.

Casos más habituales

1) Comunidad de propietarios (propiedad horizontal)

  • Ruidos y horarios (fiestas, música, obras, locales en planta baja).

  • Humedades y filtraciones (patios, cubiertas, bajantes).

  • Derramas y morosidad: planes de pago y regularización.

  • Uso de zonas comunes (azoteas, patios, trasteros, bicis, parking).

  • Instalaciones: ascensor, fachadas, salidas de humos, climatización.

2) Vecindario ↔ Comercios/hostelería

  • Terrazas, ocupación de vía pública, horarios y ruidos.

  • Cargas/descargas, olores, colas y gestión de residuos.

  • Compromisos de buenas prácticas y canales de aviso.

3) Asociaciones, AMPAs y entidades

  • Normas de participación, reparto de tareas, uso de espacios y material.

  • Organización de eventos y protocolos de convivencia.

4) Urbanizaciones y barrios

  • Mascotas (ruidos, excrementos, zonas permitidas).

  • Aparcamiento, accesos, circulación interna.

  • Jardines, huertos y espacios deportivos.

5) Obras y reformas

  • Calendarios, calidades, repasos y ruido.

  • Coordinación entre propietario, constructora, subcontratas y comunidad.

Cómo trabajamos (paso a paso)

  1. Sesión informativa (20–30 min)
    Confirmamos que la mediación es adecuada, explicamos confidencialidad y acordamos temas y agenda.
    Te llevas: hoja de ruta y siguientes pasos.

  2. Sesiones conjuntas (60–90 min)
    Ordenamos los temas (ruidos, humedades, pagos, horarios, uso de espacios) y generamos opciones realistas y medibles.

  3. Reuniones privadas (caucus)
    Si hay bloqueo, hablamos por separado con cada parte para destrabar y volver con propuestas.

  4. Borrador de acuerdos
    Redactamos cláusulas claras: importes, plazos, horarios, responsables, protocolo ante incidencias.

  5. Firma y formalización
    Acuerdo privado, acta de comunidad o, si procede, elevación a público. Indicamos la vía adecuada para dar validez y seguimiento.

Beneficios concretos

  • Tiempo: semanas/meses frente a años de conflicto.

  • Coste: menor que un contencioso prolongado.

  • Control: el acuerdo lo diseñan las partes, no un tercero.

  • Convivencia: preserva relaciones de vecindad y buen clima en la comunidad.

  • Cumplimiento: mayor adhesión al ser un acuerdo propio y concreto.

Entregables que te llevas

  • Plan de convivencia (normas, horarios, límites de uso).

  • Calendario de uso de espacios y hoja de guardias si aplica.

  • Plan técnico/económico (reparaciones, presupuestos, plazos, responsables).

  • Protocolo de incidencias y canal de comunicación (email/WhatsApp/tablón).

  • Acta de acuerdos y comité de seguimiento con fechas de revisión.

Mediación comunitaria online o presencial

Atendemos 100% online (videoconferencia segura, no se graban las sesiones) o presencial con cita en Madrid, Valencia y Alicante.
Documentación por canal seguro y posibilidad de firma digital.

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Preguntas frecuentes sobre la mediación comunitaria

¿Se puede mediar si ya hay denuncia o procedimiento?

Sí, en muchos casos la mediación puede coexistir y facilitar un acuerdo que luego se formaliza por la vía adecuada.

 

 

Organizamos mediaciones multiparte: por ejemplo, vecino + comunidad + aseguradora + constructora. Coordinamos agendas, fijamos un orden de intervención, combinamos sesiones conjuntas con reuniones privadas y cerramos acuerdo global o por fases.

 

 

Según el caso: acuerdo privado, acta de comunidad (para cuestiones internas) o elevación a público si conviene. Te indicamos la formalización más segura.

 

 

  • Actas y estatutos de la comunidad, comunicaciones previas.

  • Informes técnicos/periciales (humedades, ruidos, ascensor, salidas de humos).

  • Pólizas y partes de seguros (hogar, comunidad).

  • Presupuestos de reparación/obra y calendarios propuestos.

  • Evidencias: fotos, vídeos, registros de ruido/olores, emails.
    Llegar con papeles acelera el acuerdo.

 

Muchos asuntos se resuelven en 2–5 sesiones de 60–90 min. Ver Precios de mediación.

 

 

Lo ideal es que acuda quien pueda comprometer a la comunidad: normalmente la Presidencia y, si es posible, la Administración de Fincas. También pueden participar propietarios afectados, arrendatarios (con autorización del propietario) y proveedores implicados (constructora, aseguradora, instaladora). Si alguien actúa en nombre de otro, pedimos acreditación o poder.

 

No. La complementa. En mediación se puede cerrar un preacuerdo claro (textos, importes, plazos) para llevarlo a Junta y someterlo a votación con las mayorías que correspondan según la normativa vigente. Así la Junta vota algo ya consensuado, evitando discusiones sin guion.

Tres vías habituales:

  • Acuerdo privado entre partes cuando basta con compromisos operativos.

  • Acta de comunidad, si lo aprueba la Junta conforme a las mayorías exigibles.

  • Elevación a público (o incorporación a contratos/expedientes) cuando convenga mayor seguridad.
    Siempre preparamos un documento claro para su ratificación y seguimiento.

La mediación es voluntaria. Podemos invitarles formalmente y documentar el proceso. Si no acuden, cabe:

  • Acuerdo parcial con quienes sí participan.

  • Texto de acuerdo para someter a Junta, donde todos pueden votar.
    Cuanta más gente participe, más estable será el resultado.

Suele ser multiparte (vecino afectado + comunidad + seguro + constructora/instaladora). Pasos típicos:

  1. Medidas urgentes (contener daños).

  2. Peritaje/diagnóstico aceptado por las partes.

  3. Plan de reparación (qué, quién, cuándo, garantías).

  4. Responsabilidades y pagos (importes, franquicias, plazos).
    Resultado: cronograma, responsables y garantías por escrito.

  • Horarios y límites (incluye montaje/recogida en terrazas).

  • Medidas técnicas: insonorización, topes, alfombras, silentblocks.

  • Canal de avisos y tiempos de respuesta.

  • Protocolo ante incidencias y revisión a X semanas.
    Si procede, se pueden encargar mediciones acústicas y vincular acciones a resultados.

Sí. La licencia fija mínimos legales; la mediación añade compromisos voluntarios (horarios, flujos de clientes, ubicación de mesas, recogida de residuos, pantallas anti-ruido). No sustituye a la normativa, la operativiza para convivir mejor.

  • Plan de pagos realista (cuotas/fechas).

  • Reconocimiento de deuda y consecuencias si se incumple.

  • Descuentos por pronto pago o condiciones especiales acordadas en Junta.
    Objetivo: regularizar sin alargar el conflicto y financiar la obra.

Ayuda a alinear expectativas y a bajar la tensión en temas sensibles:

  • Calendario de obra y comunicación con vecinos.

  • Accesos y ruidos; horarios; protección de zonas comunes.

  • Reparto de costes y planes de financiación debatidos antes de la Junta.

  • Lista de repasos y garantías tras la obra.
    Llegar a Junta con un acuerdo marco evita discusiones interminables.

Se pueden pactar:

  • Reglas de uso (horarios, aforos, reservas).

  • Señalización y mantenimiento.

  • Protocolos de convivencia (ruidos, higiene, seguridad).
    Si algo requiere aprobación formal, lo llevamos a Junta con el texto listo.

El acuerdo define qué hacer si hay incumplimiento (plazos de subsanación, avisos, escalado).
Si es acuerdo ratificado en Junta, se aplican los mecanismos internos de la comunidad y, si procede, las acciones legales correspondientes. En mediación buscamos siempre vías de corrección antes de escalar.

Un documento de acuerdos con:

  • Medidas concretas (qué, quién, cuándo).

  • Importes y plazos.

  • Protocolos ante incidencias.

  • Comité de seguimiento y fechas de revisión.
    Si corresponde, el texto para incluir en el Orden del Día de la Junta y su redacción para Acta.

Sí. Se cursa invitación formal y se documenta la convocatoria. Si no comparece, puede opinar y votar en Junta cuando se someta el acuerdo, o continuar por otras vías.

Mediamos pautas de convivencia y horarios, contactos de referencia y protocolos de aviso. Si hay gestora, la incorporamos. Se valora lo que debe someterse a Junta y lo que exige otras vías administrativas.

Suele aportar documentación, criterio técnico/operativo y ayuda a implementar el acuerdo (convocatorias, actas, comunicaciones, seguimiento). Es un aliado clave en la ejecución.

Sí. A veces acordamos encargar peritajes o mediciones acústicas, y condicionamos parte del acuerdo a resultados verificables (por ejemplo, niveles de ruido o ausencia de humedad tras reparación).